LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS VOCEROS DE
PROGRAMA
Son aquellos que desde la inducción
muestran capacidad de liderazgo compromiso y dedicación, ademas son un ejemplo para los demás y tiene esa capacidad de guiar y dirigir al grupo
LA REPRESENTACIÓN DE LOS APRENDICES
DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS APRENDICES
quienes son los Aprendices voceros de programa:
ARTÍCULO 46. Requisitos y condiciones para ser voceros de programa:
a. Ser
postulados por los aprendices del mismo programa
b. Tener
disponibilidad para trabajar en equipo con los representantes de Centro y demás
integrantes de la comunidad educativa cuando se requiera.
c. Conocer
y aplicar los temas de la inducción y demostrar interés por su cumplimiento a
nivel personal y grupal.
d. Actuar de
acuerdo con lo estipulado en el presente Reglamento y tener buenas relaciones
interpersonales con los integrantes de la Comunidad Educativa.
e. Tener
cualidades y capacidades de líder y una actitud crítica y constructiva.
f. Cumplir
con las responsabilidades como vocero de programa, sin descuidar las
obligaciones del proceso de aprendizaje.
ARTÍCULO 47. Responsabilidades de los voceros de programa. Son las
siguientes:
a. Promover
la participación de todos los Aprendices en las diferentes actividades de
formación y complementarias que programe el Centro de Formación, a través de la
conformación de grupos y comités para el apoyo y ejecución de las mismas.
b. Asumir
compromisos como veedores y partícipes de los procesos, para garantizar:
- La
formación permanente de la comunidad educativa.
- La
participación y educación ciudadana, así como el fomento de la
integración, confraternidad y
solidaridad.
- Una
comunidad educativa bien informada, a través de iniciativas de los aprendices.
- El cuidado
del medio ambiente.- Una comunidad emprendedora.
c. Participar
en los Comités de Evaluación y Seguimiento.
d. Participar
en las reuniones citadas por las instancias competentes del Centro, con el fin
de velar por el buen desarrollo de las actividades de formación,
complementarias y de Bienestar para los aprendices.
e. Participar
en equipo con los demás voceros y el (los) representante (s) del Centro, en la
formulación de actividades, servicios y proyectos para el Plan Integral de
Bienestar de Aprendices que adopte el Subdirector de Centro.
f. En
coordinación con el (los) Representante (s) del Centro, promover el ejercicio
de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los aprendices SENA,
consagrados en la Constitución Nacional y en el presente “Reglamento del
Aprendiz SENA”, velando por su cumplimiento y apropiación.
g. Velar para
que los aprendices en formación concerten las reglas de comportamiento que van
a adoptar durante el proceso de formación, de acuerdo con su entorno, en forma
armónica y de diálogo directo o a través de los voceros; las mismas
deben ser divulgadas en cartelera y forman parte del presente Reglamento para
todos los efectos.
h. Cumplir con las responsabilidades como vocero de
programa sin descuidar las obligaciones del proceso de aprendizaje.
ARTÍCULO 48.
Elección de los voceros de programa debe hacer por desicion unanime de los aprendices del grupo mediante votación y si este no cumple con sus actividades se lo puede cambiar
Un vocero de programa puede postularse como candidato
a representante de los Aprendices por el Centro.
En el caso que se requiera suplir o remover al
vocero de programa, los aprendices en forma presencial y/o virtual
elegirán su reemplazo por el tiempo
faltante del periodo para el que fue elegido.
PARÁGRAFO: El
procedimiento de elección y de revocatoria quedará ratificado en acto
administrativo, firmado por el Subdirector del Centro de Formación.
ARTÍCULO 37. Representación de aprendices. La representación es un ejercicio democrático, avalado por la decisión libre de la mayoría de votos de los aprendices, en virtud del cual un Aprendiz es elegido como representante ante la Dirección General del SENA, la Regional o el Centro de Formación; implica un compromiso con los Aprendices que representa, con la Institución y en general con la comunidad educativa.
Para postularse y ejercer como representante, el Aprendiz no puede tener llamados de atención escritos, condicionamiento de matrícula, ni haber sido sancionado con cancelación de matrícula en procesos de formación.
ARTÍCULO 38. Calidades del Representante de Centro. Es el Aprendiz que en consideración a su comportamiento, liderazgo, actitud crítica, competencia innovadora, buen rendimiento en su proceso de formación y propuestas para el desarrollo o mejoramiento del Centro, resulte electo a través de elección popular como parte del ejercicio del voto de los aprendices en proceso de formación del respectivo Centro.
ARTICULO 39. Número de Representes y periodo: Por cada Jornada académica (diurna, nocturna y 24 horas), se elegirá un representante, es decir hasta tres (3) por cada Centro, y mínimo dos (2). En aquellos Centros con sedes en municipios alejados, se elegirá un (1) aprendiz representante por sede.
La elección de los representantes será por un (1) año lectivo.
ARTÍCULO 40. Requisitos y condiciones para ser elegido Representante de los Aprendices del Centro: Para ser elegido Representante de los Aprendices del Centro se requiere:
a. Haber desarrollado como mínimo dos (2) meses del proceso formación con buen rendimien-to académico.
b. Demostrar calidades de liderazgo, actitud crítica, competencia innovadora
c. Formular propuestas de trabajo viables en beneficio del Centro y de la comunidad educativa, presentadas utilizando las tecnologías de la información y la comunicación con que cuente el Centro.
d. No haber sido representante de los aprendices en el mismo u otro Centro de Formación del SENA.
e. Mostrar actitudes de responsabilidad para asumir como representante, sin descuidar las obligaciones del proceso de aprendizaje.
ARTÍCULO 41. Responsabilidades del Representante de Aprendices en el Centro: Son responsabilidades de los Representantes de los Aprendices, las siguientes:
a. Actuar como canal de comunicación entre los estamentos de la comunidad educativa, propi-ciando relaciones cordiales para el buen funcionamiento del Centro.
b. Organizar sus actividades para cumplir con su plan de formación y los compromisos que se adquieren como Representante de Aprendices del Centro.
c. Motivar a la comunidad educativa para participar en eventos curriculares y complementarios, culturales, deportivos, tecnológicos, investigativos, de integración, sistema de liderazgo, que propicien el crecimiento personal y profesional de los Aprendices.
d. Promover, en coordinación con los voceros de programa, el cumplimiento de los derechos y
deberes del Aprendiz SENA, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación institucional previa concertación con el Subdirector de Centro.
e. Participar en la formulación del Plan de Bienestar de los Aprendices del Centro de Formación que adopte el Subdirector de Centro.
f. Participar como integrante del Comité de Evaluación y seguimiento.
g. Fomentar la integración y la confraternidad entre Centros de la comunidad educativa SENA.
h. Promover y apoyar la conformación de grupos para el desarrollo de programas y eventos curriculares y complementarios tales como: Implementación de iniciativas de los aprendices; comités de cafetería, deportes, salud ocupacional, ornamentación, aseo del Centro, brigadas de seguridad industrial, brigadas de emergencia y medio ambiente, o los que se convoquen para el funcionamiento y mejora del Centro.
i. Incentivar el cuidado y mantenimiento de los ambientes de aprendizaje y la infraestructura física del Centro dispuesta para el proceso de aprendizaje.
j. Fomentar y apoyar la cultura del emprendimiento regional, según los parámetros legales vigentes.
k. Representar al Centro, cuando el Subdirector se lo solicite, en reuniones, eventos y activida-des que propendan por el crecimiento profesional del aprendiz o tecnológico del Centro.
l. Facilitar la solución de diferencias o conflictos que llegasen a surgir entre los integrantes de la comunidad educativa SENA.
m. Velar por el cumplimiento de este Reglamento
n. Participar en la preparación y ejecución de las actividades de inducción que programe el Centro, para los nuevos aprendices.
o. Participar en la implementación y actualización del Plan de Manejo Ambiental del Centro y promover en toda la comunidad educativa valores y conductas ambientales que favorezcan el mejoramiento continuo en las acciones futuras.
p. Trabajar colaborativamente con los representantes elegidos, y los líderes de programas en beneficio del Centro.
ARTÍCULO 42. En caso de requerir representatividad en eventos simultáneos que requieran la presencia del Representante de los Aprendices del Centro, se delegará la función a los otros representantes elegidos.
ARTÍCULO 43. Procedimiento para elegir Representante de los Aprendices por Centro:
a. Dependencia responsable: La dependencia del Centro responsable del Bienestar a los Aprendices,
b. Inscripción de candidatos: Los Aprendices interesados en postularse a la elección pueden inscribirse en la convocatoria de elección de representante de aprendices del Centro,
c. Verificación de cumplimiento de requisitos. El área de Bienestar a los Aprendices verificará el cumplimiento de los requisitos de los aprendices inscritos.
d. Divulgación de los resultados. El área de Bienestar a los Aprendices publicará los resultados de la verificación de los requisitos de los candidatos inscritos.
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